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Se prorroga la bonificación del combustible para el transporte profesional





El Consejo de Ministros ha aprobado una prorroga hasta el 30 de junio de 2023 de la bonificación a los combustibles para el sector del transporte profesional por carretera.

Habrá dos fases:

  1. Contempla un descuento de 20 céntimos por litro de combustible consumido entre el 1 de enero y el 31 de marzo

  2. Bonificación de 10 céntimos de euro entre 1 de abril y 30 de junio.

Para las flotas movidas por gas se prevé una compensación de 27 céntimos de euro hasta marzo y de 14 céntimos de euro durante el segundo trimestre del año, debido a las circunstancias a las que se enfrenta el precio del gas.


El objetivo de las ayudas, recogida en el Real Decreto-Ley es para responder a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania y promovida por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana -MITMA- es mitigar el impacto del incremento del precio de los carburantes provocado por la invasión rusa a Ucrania y contribuir a garantizar la sostenibilidad económica del transporte profesional de pasajeros y mercancías, un sector fundamental para la economía, que se ve especialmente impactado por su dependencia a estas fuentes de energía.

No hay que olvidar que el precio del gasóleo ha alcanzado máximos históricos en los últimos meses a raíz del conflicto de la guerra de Ucrania.

Asimismo, el Real Decreto-ley incluye extender durante seis meses más, entre el 1 de enero y el 30 de junio, de la modificación temporal que de la fórmula de revisión del precio del transporte por carretera, que aumenta el peso del coste del combustible en la tarifa final, pasando del 30% al 40%, para ajustarlo al peso real que tiene respecto a los demás factures en un momento de elevados precios de la energía.


El texto recoge dos mecanismos para calcular y abonar las ayudas de 20 y 10 céntimos de euros por litro a los transportistas en función de si tienen derecho o no a la devolución parcial del impuesto sobre hidrocarburos. En el caso de las empresas que se benefician de la devolución del gasóleo profesional, la ayuda se abonará al finalizar cada mes de aplicación de la medida, junto a la devolución parcial del impuesto de hidrocarburos, y se calculará en función de los litros consumidos y pagados con las tarjetas de gasóleo profesional, entre otros sistemas.


Así, las empresas de transporte público de viajeros en autobús y taxi, y vehículos de transporte de mercancías por carretera mayores de 7,5 de masa máxima autorizada, que actualmente reciben 4,9 céntimos de devolución por litro consumido, en un pago mensual, como devolución parcial del gasóleo profesional, recibirán junto con esta ayuda la bonificación al combustible.


Por otro lado, se establece un sistema de ayudas directas para las empresas y trabajadores autónomos que no se benefician de la devolución del gasóleo profesional. Los beneficiarios deberán solicitar la ayuda a través de la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria entre el 1 de febrero y el 31 de marzo de 2023, que, una vez aprobada, se abonará en un único pago.


La bonificación se calcula estimando el consumo, por tipo de vehículo, en un periodo de seis meses: del 1 de enero de 2023 al 30 de junio de 2023. Así, teniendo en cuenta las diferentes cuantías fijadas para cada trimestre, las ayudas por vehículo para todo el periodo son las siguientes:



En el caso de Canarias, y dadas sus particularidades, el sistema a aplicar en todos los casos será el sistema de ayudas directas. Asimismo, también se recogen de particularidades para el caso de Ceuta y Melilla.


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